/ Actualidad / Noticias / Revisión oficial obligatoria de la instalación de gas butano y propano
Ha de realizarse cada 5 años
La normativa sobre instalaciones térmicas en los edificios obliga a que las calderas, los calentadores y demás equipos térmicos se revisen de forma periódica para asegurar su eficiencia energética, su seguridad, su durabilidad y la protección del medio ambiente.
La revisión oficial obligatoria de la instalación de gas natural es cada 4 años. Sin embargo, la de butano y propano lo es cada 5 años. Esto es, toda instalación, ya sea depósito o bombona de gas butano y propano, debe pasar una revisión periódica cada 5 años. Para llevarla a cabo será necesario contactar con una empresa instaladora de gas. Y, una vez finalizada la revisión, el profesional encargado de la misma debe cumplimentar y entregar al usuario un certificado oficial de revisión.
En cuanto a la revisión oficial obligatoria de la de la caldera o calentador de agua caliente a gas, ésta debe realizarse cada 2 años.
Según el artículo 1554.2 del Código Civil y el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario de la vivienda es el responsable de la inspección de la instalación del gas y la revisión de la caldera, termo o calentador.